¿Qué es y qué resuelve?
El semáforo verde de la autoridad ambiental.
La Manifestación de Impacto Ambiental es el estudio técnico que demuestra a SEMARNAT que tu proyecto conoce sus riesgos ambientales y tiene un plan concreto para mitigarlos. No es un obstáculo: es la autorización que le da certeza jurídica a tu inversión desde el día cero. Sin ella, la obra no puede comenzar, y si inicia de todos modos, la clausura y las multas llegan más rápido de lo que parece.
¿A quién le aplica?
Desarrollos turísticos costeros
Parques industriales y manufact.
Minería y extracción
Energía (solar, eólica, hidro)
Infraestructura (carreteras, puertos)
Inmobiliario con cambio de uso forestal
Industria química y petroquímica
Plantas de tratamiento de residuos
Federal vs. estatal — ¿cuál me toca?
Si tu proyecto está en zona costera, área natural protegida, afecta cuerpos de agua federales, involucra cambio de uso de suelo forestal, o pertenece a industrias estratégicas (petroquímica, minería, energía), el trámite es federal ante SEMARNAT. Si la obra es urbana, sin afectación forestal y fuera de zonas federales, puede ser estatal. Yaab determina esto desde el diagnóstico inicial.
Cómo trabajamos este trámite
1
Diagnóstico de viabilidad
Revisamos el proyecto, su ubicación y los ordenamientos aplicables para determinar modalidad (Particular o Regional) y rutas de riesgo.
2
Elaboración del expediente
Coordinamos los estudios de campo, línea base ambiental, análisis de impactos y diseño de medidas de mitigación con criterio técnico y estratégico.
3
Ingreso y seguimiento ante SEMARNAT
Presentamos el expediente, atendemos prevenciones y gestionamos directamente con la autoridad hasta obtener el resolutivo favorable.
4
Implementación de condicionantes
Una vez autorizado, te acompañamos en el cumplimiento de las medidas establecidas en el resolutivo durante la construcción y operación.
Riesgo de no tenerla
Iniciar obra sin MIA autorizada expone el proyecto a clausura inmediata, multas de hasta $5.18M MXN por infracción, responsabilidad penal del representante legal y pérdida de las inversiones ya ejecutadas. Los bancos y fondos de inversión la exigen además como condición para financiar.